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LEGISLACIÓN
CONSULTA
¿EN
QUÉ EPÍGRAFE DEL I.A.E. DEBO REGISTRAR MI
ACTIVIDAD DE INSTALADOR DE CAR AUDIO?
El epígrafe donde tienes inscrita
la actividad establece lo siguiente:
- Epígrafe 615.4. Comercio al por mayor de aparatos y
material radioeléctricos y electrónicos.
Notas: 1ª. Este epígrafe comprende el comercio al
por mayor de aparatos y material radioeléctricos y
electrónicos; instrumentos musicales, discos, etc., y
aparatos eléctricos y electrónicos de uso
profesional.
2ª. Este epígrafe faculta para la venta de
accesorios y complementos de los aparatos comprendidos en el mismo,
así como su reparación y adaptación.
Es importante subrayar lo de
adaptación, por cuanto recoge la posibilidad de la
instalación, que en tu caso, y en el de todos los asociados,
solo se puede hacer en el coche.
Hemos comprobado los datos de otros asociados, y podemos decirte que,
efectivamente, el tuyo es el epígrafe mayoritario. De todos
modos, te facilito otros, por si tuvieras problemas y buscaras uno
más acorde:
El siguiente más utilizado es el 654.2, que dice lo
siguiente:
- Epígrafe 654.2. Comercio al por menor de accesorios y
piezas de recambio para vehículos terrestres.
Nota: Este epígrafe faculta para la venta al por menor de
lubricantes y herramientas para vehículos.
También los hay que han utilizado
los siguientes:
- Epígrafe 654.1. Comercio al por menor de
vehículos terrestres.
Nota: Este epígrafe faculta para la venta al por menor de
lubricantes, accesorios, recambios y herramientas para los indicados
vehículos.
- Epígrafe 691.2. Reparación de
vehículos automóviles, bicicletas y otros
vehículos.
Nota: Este epígrafe comprende la reparación,
revisión y mantenimiento de automóviles,
camiones, autobuses, automóviles de usos
especiales, remolques, chasis, carrocerías, motocicletas y
bicicletas.
- Epígrafe 653.2. Comercio al por menor de material y
aparatos eléctricos, electrónicos
electrodomésticos y otros aparatos de uso
doméstico accionados por otro tipo de energía
distinta de la eléctrica, así como de muebles de
cocina.
Notas: 1ª. Este epígrafe faculta para la
instalación y reparación de los aparatos
clasificados en el mismo.
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